COUZINEAU AVOCATS

REALIZAR UNA REINVERSIÓN QUE LE PERMITA DIFERIR EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR CAPITAL DE LA CESIÓN DE SU EMPRESA (ARTÍCULO 150-0 B ter de la CGI)

En principio, cuando un accionista/gestor vende acciones de su sociedad operativa a un comprador, la plusvalía tributa bien al tipo marginal del IRPF (tras una bonificación en función del tiempo de tenencia de las acciones) o, desde el 1 de enero de 2018, al tipo impositivo único del 30%.

Existe un mecanismo muy interesante que le permite beneficiarse de una optimización fiscal sobre la plusvalía de la venta de acciones, siempre que opte por el régimen de transmisión de acciones, seguida de reinversión (artículo 150-0 B ter del CGI).

¿Cómo funciona?

 Fase 1: Contribución

El socio/gestor (una persona física) aporta las acciones que posee en su sociedad de explotación a una sociedad de cartera que controla (una sociedad de cartera de activos). La plusvalía obtenida por el socio/gestor en la aportación se traslada a la venta de las acciones de la sociedad operativa por parte de la sociedad de cartera de activos.

Etapa 2: Eliminación

Si la sociedad holding patrimonial enajena las acciones de la sociedad operativa recibidas como aportación en un plazo de tres años a partir de la aportación, el aplazamiento fiscal desaparece y la plusvalía pasa a ser imponible en manos del socio/gestor, a menos que la sociedad holding patrimonial la reinvierta.

Etapa 3: Reinversión

De conformidad con el artículo 150-0 D ter del CGI, el aplazamiento de la tributación de la fase 1 se mantiene si la sociedad patrimonial se compromete a reinvertir al menos el 50% del producto de la venta en una actividad económica en los dos años siguientes a la venta de la fase 2.

Es el cumplimiento de las 3 etapas sucesiva y acumulativamente lo que permitirá al socio/directivo mantener el diferimiento de la tributación de su plusvalía por la venta de acciones de su sociedad operativa.

Para beneficiarse del aplazamiento, la reinversión del producto de la venta por parte de la sociedad de cartera de activos transmitente podrá referirse a :

- La financiación de los recursos de explotación permanentes asignados a su actividad comercial, industrial, artesanal, liberal, agrícola o financiera;

- La adquisición de una fracción del capital de una o varias empresas que ejerzan dicha actividad;

- Suscripción en efectivo del capital inicial o de la ampliación de capital de una o varias sociedades beneficiarias.

Los bienes o valores objeto de reinversión deben mantenerse durante al menos doce meses a partir de la fecha de su inclusión en el activo de la empresa.

Raizers le ofrece una gama de inversiones que le permitirán beneficiarse del régimen fiscal preferente del artículo 150-0 B ter de la CGI, muy atractivo porque le permite diferir la tributación de las plusvalías al realizar una nueva inversión.

Para conocer una serie de empresas que pueden acogerse a esta reducción y cómo puede diversificar al máximo su capital para reducir el riesgo mediante la inversión en línea, le aconsejamos que se ponga en contacto con los asesores de inversión de Raizers: [email protected].

Selarl COUZINEAU AVOCAT 29, avenue des Ternes - 75017 Paris Tél : 01 82 28 19 26 apital de 40.000 € - Siret n° 811 397 587 00023 - FR 83 811397587

Caroline COUZINEAU

Abogado asociado

Reducción de Madelin

Suscríbase a nuestro boletín

Si desea estar informado de todas las operaciones que se financian actualmente en Raizers, rellene los siguientes datos:

" * indica campos obligatorios